Certificado, declarado y verificable ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles — para recepción final, aumento de potencia, patente comercial o venta de propiedad. Qué es, cuánto cuesta y cuánto demora, sin letra chica.
El TE1 es la declaración que certifica que la instalación eléctrica interior de una casa, edificio o local comercial cumple con la normativa chilena vigente (RIC) y quedó inscrita oficialmente ante la SEC. No es una licencia del electricista ni un seguro: es el respaldo legal de que esa instalación específica fue revisada, declarada por un instalador autorizado, y quedó registrada como instrumento público con firma digital avanzada.
Aplica también a arrendatarios de locales comerciales — no solo a los dueños de la propiedad.
El trámite en la plataforma de la SEC no tiene costo — lo que se paga es el honorario del instalador (visita, planos, memoria, gestión).
Estos son rangos de mercado, no nuestra tarifa fija — el precio real depende de tu instalación específica. Pide un diagnóstico gratis y te enviamos un presupuesto real para tu caso.
| Escenario | Rango |
|---|---|
| Visita + mediciones básicas (instalación ya cumple norma) | $50.000 – $90.000 |
| Trámite monofásico (vivienda estándar / aumento de potencia simple) | $90.000 – $170.000 |
| Trámite trifásico o regularización compleja (planos nuevos, adecuación de tablero) | $180.000 – $300.000 |
| + Reparaciones adicionales (protecciones, cableado, mallas a tierra) | +$60.000 – $200.000 |
| Tipo | Rango |
|---|---|
| Obra nueva / instalación nueva | $130.000 – $220.000 |
| Aumento de potencia | $90.000 – $160.000 |
| Regularización simple | $90.000 – $120.000 |
| Locales comerciales | $300.000 – $500.000 |
Otros factores que mueven el precio: amperaje del proyecto, m² del recinto, y qué tan lejos queda la propiedad. Fuente de los rangos: cotizaciones públicas de mercado (cronoshare.cl, habitissimo.cl).
1 día hábil si es una declaración provisoria. Puede variar según carga de la SEC o si hay observaciones que corregir.
Memoria de cálculo desde 10 kW. Memoria explicativa obligatoria desde 20 kW.
¿Qué es el DS8? El Decreto Supremo N°8 es la normativa vigente que reemplazó a la antigua NCh4/2003 para las declaraciones ante la SEC — si tu instalación fue declarada bajo la norma antigua, puede necesitar actualizarse a los Pliegos Técnicos vigentes.
¿Ya sabes cuánto cuesta en el mercado? Pide tu presupuesto real, no un rango.
Pide tu diagnóstico gratis| Código | Qué declara |
|---|---|
| TE1 | Instalación eléctrica interior — casas, edificios, locales comerciales e industria en baja tensión |
| TE2 | Puesta en servicio de alumbrado público — calles, plazas, proyectos urbanos |
| TE3 | Cerco eléctrico de seguridad perimetral |
| TE4 | Generación residencial / energías renovables — paneles solares fotovoltaicos |
También existen TE6 y TE7, y la familia TC1–TC7 (área de combustibles, no eléctrica). El "Sello SEC" es un tercer concepto distinto: certifica productos y materiales eléctricos, no instalaciones — no lo confundas con el TE1 ni con la licencia del instalador.
Declaración de instalación eléctrica temporal, para faenas de construcción o eventos en terrenos sin instalación definitiva. Dos cifras que no hay que confundir: la SEC aprueba la declaración en 1 día hábil, pero la conexión temporal en sí dura hasta 360 días, renovable por igual período. Requiere plano o diagrama unilineal presentado vía E-Declarador. Referencia normativa: RIC 11, Sección 16.
Varía un poco según el tipo de propiedad (asistencial, habitacional, comercial/industrial o edificios), pero la base es siempre esta:
"Verificar" un TE1 ya emitido y "hacer seguimiento" a un TE1 en trámite son búsquedas distintas — si el tuyo todavía no sale, probablemente sigue en trámite.
Es la declaración que certifica que una instalación eléctrica interior cumple la normativa chilena y quedó inscrita ante la SEC.
10 días hábiles en trámites normales, 1 día hábil si la declaración es provisoria.
El trámite en la plataforma de la SEC es gratis — se paga el honorario del instalador, que en el mercado va entre $90.000 y $300.000 según la complejidad del proyecto.
El TE1 declara instalaciones eléctricas interiores (casas, edificios, locales). El TE2 declara la puesta en servicio de alumbrado público.
El provisorio es para instalaciones temporales (obras, eventos), se aprueba en 1 día hábil y dura hasta 360 días renovables. El definitivo no tiene fecha de vencimiento.
Busca el Folio de Inscripción en el Portal de Validación de la SEC, o pide una copia al instalador que hizo la instalación original.
Un documento técnico obligatorio para instalaciones de 20 kW o más, que forma parte de la documentación del trámite TE1.
El instalador lo declara en la plataforma de la SEC; la SEC lo emite y lo registra.
El Decreto Supremo N°8 es la normativa vigente para las declaraciones ante la SEC, que reemplazó a la antigua NCh4/2003.
La potencia declarada es la que queda registrada formalmente en el TE1. La potencia instalada es la capacidad real del equipamiento en terreno — pueden no coincidir si hubo cambios posteriores no declarados.